Servicios

Constancia de Residencia. (Para solicitar: Click Aquí)
Constancia de no Poseer Vivienda. (Para solicitar: Click Aquí)
Constancia de Concubinato. (Para solicitar: Click Aquí)


Requisitos para Constancias de Residencia.

1.- Residir en el Ámbito Geográfico del Consejo Comunal.
2.- Estar registrado en el Censo Comunitario.
3.- Copia de la Cédula de Identidad (Legible), escribir la dirección en la parte posterior.
4.- Para solicitudes vía web escribir los datos solicitados por el formulario y al retirar presentar copia de la cédula de identidad como se indica aquí.


Requisitos para Constancias de no Poseer Vivienda.

1.- Residir en el Ámbito Geográfico del Consejo Comunal.
2.- Estar registrado en el Censo Comunitario.
3.- Copia de la Cédula de Identidad (Legible), escribir la dirección en la parte posterior.
4.- Para solicitudes vía web escribir los datos solicitados por el formulario y al retirar presentar copia de la cédula de identidad como se indica aquí.


Requisitos para Constancias de Concubinato.

1.- Residir en el Ámbito Geográfico del Consejo Comunal.
2.- Estar registrado en el Censo Comunitario.
3.- Copia de la Cédula de Identidad (Legible) de ambos, escribir la dirección en la parte posterior.

4.- Para solicitudes vía web escribir los datos solicitados por el formulario y al retirar presentar copias de la cédula de identidad como se indica aquí.



Notas:
1.- Todas las solicitudes se realizaran de lunes a viernes en Horario comprendido entre las 9:00 Am. y las 11:00 m. y de 3:00 Pm a 5:00 Pm. Si la solicitud es vía web puede realizarse a cualquier hora. 
2.- Todas las solicitudes se entregaran personalmente al o los interesados, y se realizara de forma inmediata previa revisión del censo comunitario y los requisitos exigidos.
3.- Las solicitudes tienen un valor de 3 Bs., por ningún concepto se debe cancelar más de este monto. Este valor es a modo de colaboración para cubrir los gastos de papelería.
4.- La Vocería encargada de la administración de las Constancias de Residencias y Constancias de Concubinato es la Vocería de Asuntos Civiles y solo ella está autorizada para recibir la colaboración para estas solicitudes.
5.- La Vocería encargada de la administración de las Constancias de no poseer Vivienda es la Vocería de Vivienda y Hábitat y solo ella está autorizada para recibir la colaboración para esta solicitud.